Para ser integrante de ETI resulta necesario tener en consideración los siguientes aspectos:
Residir en la localidad asiento en el que desempeñe su cargo (art. 17 inc. 8) de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
Incompatibilidades según la Ley Nº 7413, Ley Nº 6902 y Ley Nº 5143.
Título habilitante, antigüedad mínima y formación, según los previstos en el art. 16 LPF – 10668 y los mencionados en el Acuerdo General Nº 02/21 del 18-02-21, Punto 4º) del Superior Tribunal de Justicia.
Disponibilidad horaria de acuerdo lo estipulado en el Art 10 de la Ley N° 5143.
Las personas interesadas en postular deberán ingresar al siguiente enlace https://forms.gle/qTMNHmxgVhCj6hwi8 y completar el formulario, que estará disponible hasta las 9 del 22 de abril próximo.
Conforme meritúe el STJ, podrán realizarse entrevistas a los/as aspirantes que, cumpliendo tales requisitos, cuenten con experiencia y formación en las temáticas previstas.
Ley Procesal de Familia (Ley 10668)
Art. 16º: Requisitos para integrar el Equipo Interdisciplinario. Quienes integren los Equipos Interdisciplinarios deben poseer título habilitante en la disciplina de que se trate; haber ejercido la profesión ininterrumpidamente durante los últimos tres (3) años anteriores al de su designación, como mínimo y poseer especial formación en la temática de familia y perspectiva de género; rendir el concurso de idoneidad que prevea el Superior Tribunal de Justicia conforme reglamentación vigente acordada por el mismo.
Acuerdo General Nº 02/21 del 18-02-21, Punto 4º) del Superior Tribunal de Justicia.
Requisitos
Los profesionales y las profesionales deberán cumplir con los siguientes requisitos, cualquiera sea el carácter de la designación -suplente, interino, temporario o provisorio-: – Título profesional. – Ejercicio ininterrumpido de la profesión durante los tres (3) últimos años. – Especial formación en la temática de familia y perspectiva de género. – Especialización forense, siempre que se cuente con oferta académica. En los casos que no se cuente con oferta académica de especialización universitaria, y sólo para el cargo de Trabajo Social, se tomarán en cuenta las capacitaciones en dicha materia. Los cursos y/o talleres de especialización deberán haber sido realizados dentro de los últimos cinco (5) años a la fecha de la designación.
En la página web https://www.jusentrerios.gov.ar/ podrá encontrar las demás normativas citadas.